El Reglamento Sanitario Internacional (RSI) es un instrumento legalmente vinculante que cubre medidas para prevenir la propagación internacional de enfermedades infecciosas.
El RSI, aprobado por la 58.ª Asamblea Mundial de la Salud en el 2005 por medio de la resolución WHA58.3,1 (PDF) constituye el marco jurídico que, entre otros aspectos, define las capacidades nacionales básicas, incluso en los puntos de entrada, para el manejo de los eventos agudos de salud pública de importancia potencial o real a escala tanto nacional como internacional, así como los procedimientos administrativos conexos.
El RSI (2005) tiene como propósito y alcance prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública, y evitando al mismo tiempo las interferencias innecesarias en el tráfico y el comercio internacional.
Datos clave
83% de los países de alto riesgo incluidos en el Índice de Gestión del Riesgo tienen planes de preparación interagencias.
El RSI es de cumplimiento obligatorio en 196 países, incluidos los 194 miembros de la OMS.
El RSI requiere que los países designen un punto de enlace nacional para las comunicaciones con la OMS, de cara a establecer las capacitaciones centrales para la vigilancia y respuesta.
El RSI introduce importantes salvaguardas para proteger los derechos de los viajeros y otras personas en realación al tratamiento de datos personales, consentimiento informado y no discriminación en la aplicación de medidas de salud.
Los 196 estados han reportado indicadores del RSI en los últimos años.
La nómina de expertos establecida por el director general de la OMS bajo el RSI incluye más de 440 expertos.
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